Lunes 19 de enero de 2026 – 19:00 horas WIB
Jacarta – El equipo de asesoramiento jurídico del acusado Nadiem Anwar Makarim concluyó que los testimonios de los testigos presentados por el Fiscal General (JPU) en el juicio de seguimiento por presunta corrupción en la compra de Chromebooks no se basaban en hechos y conocimientos jurídicamente válidos.
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Así lo afirmó Dodi S. Abdulkadir, miembro del equipo de asesoramiento jurídico de Nadiem Makarim, tras el juicio celebrado hoy con el orden del día del interrogatorio de testigos en el Tribunal de Corrupción de Yakarta, el lunes 19 de enero de 2025.
Se sabe que el fiscal presentó siete testigos, a saber, Jumeri, Hamid Muhammad, Sutanto, Purwadi Sutanto, Muhammad Hasbi, Poppy Dewi Puspitawati y Khamim. Sin embargo, según Dodi, todos estos testigos no tienen experiencia ni habilidades en el campo de la tecnología de la información (TI) relevante para el caso.
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“Lo que no se puede negar es que ninguno de los testigos presentados tiene experiencia en el campo de la tecnología de la información. Por lo tanto, su opinión sobre las capacidades técnicas de los Chromebook no es un hecho, sino una suposición que no puede justificarse objetivamente. Las suposiciones personales no pueden servir como base para cargos legales”, afirmó Dodi.
Como resultado, se consideró que los testigos eran incapaces de explicar técnicamente los diversos aspectos del Chromebook que son objeto de la acusación, como la capacidad del dispositivo para descargar otras aplicaciones, el funcionamiento sin conexión a Internet y las características técnicas citadas a menudo en la acusación.
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“Un testimonio sin conocimientos técnicos no puede considerarse un hecho relevante. Es simplemente una evaluación subjetiva”, afirmó Dodi.
Aparte de la cuestión de las cualificaciones, el equipo de asesoramiento jurídico también señaló que cinco de los siete testigos presentados nunca habían interactuado directamente con Nadiem Makarim, ya sea en forma de órdenes, discusiones políticas o coordinación técnica.
Otro miembro del equipo legal de Nadiem, Ari Yusuf Amir, dijo que en estas condiciones, se consideraba que el testimonio del testigo provenía sólo de historias de terceros y no de la experiencia directa, por lo que no cumplía con los estándares de prueba del derecho penal.
“El testimonio basado en el relato de un tercero, y no en la experiencia directa, no puede considerarse un hecho jurídico”, afirmó Ari Yusuf Amir.
Ari enfatizó que el proceso de justicia penal debe basarse en hechos, experiencia relevante y testimonio legalmente válido.
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“Las opiniones y suposiciones incompetentes, argumentan, no deberían reemplazar el principio del debido proceso o un proceso judicial justo”, dijo.



