Martes 18 de noviembre de 2025 – 20:10 h. WIB
Jacarta – La ministra de Reforma Administrativa y Burocrática (PANRB), Rini Widyantini, destacó que su partido respeta y aplica la decisión del Tribunal Constitucional (MK) número 114/PUU-XXIII/2025 sobre la prohibición de que la policía activa ocupe posiciones civiles.
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“Debemos respetar la decisión del Tribunal Constitucional, porque la decisión del Tribunal Constitucional es una decisión final, inmediatamente vinculante, inmediatamente definitiva”, dijo el martes Rini Widyantini, de la oficina de KemenPANRB en Yakarta.
En esta decisión, la Justicia Constitucional declaró que los miembros de la Policía Nacional que ocupen cargos ajenos a la policía, es decir cargos civiles, deben renunciar o retirarse de los servicios policiales.
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Rini dijo que su personal estaba listo para implementar la decisión y coordinar inmediatamente con la Policía Nacional para implementar la decisión.
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“Simplemente seguimos la decisión del Tribunal Constitucional: si tienen que dimitir, entonces tienen que dimitir o jubilarse”, afirmó.
Anteriormente, la Corte Constitucional había enfatizado que los miembros de la policía nacional que ocupan cargos ajenos a la policía, es decir, cargos civiles, deben renunciar o retirarse del servicio policial.
La Corte Constitucional, mediante decisión número 114/PUU-XXIII/2025, eliminó las disposiciones que anteriormente proporcionaban un vacío legal que permitía a la policía ocupar activamente posiciones civiles sin renunciar primero a su condición de miembro.
“La frase ‘o no en función de una misión del Jefe de la Policía Nacional’ en la explicación del artículo 28, párrafo (3) de la Ley número 2 de 2002 relativa a la Policía Nacional es contraria a la Constitución de 1945 de la República de Indonesia y no tiene fuerza legal vinculante”, dijo el presidente del Tribunal Supremo Suhartoyo, leyendo la decisión.
En este caso, el Tribunal Constitucional accedió íntegramente a la petición del abogado Syamsul Jahidin y del estudiante Christian Adrianus Sihite. Los peticionarios probaron la constitucionalidad de las normas del artículo 28, párrafo 3, y la explicación del artículo 28, párrafo 3, de la Ley de Policía Nacional.
El juez constitucional Ridwan Mansyur explicó en esencia que el artículo 28, párrafo (3) de la Ley de la Policía Nacional en realidad enfatiza una cosa importante, es decir, los miembros de la Policía Nacional sólo pueden ocupar puestos fuera de la policía después de dimitir o jubilarse.
Esto significa, dijo Ridwan, que si se entiende e interpreta cuidadosamente, “renunciar o retirarse del servicio policial” es un requisito que deben cumplir los miembros de la fuerza policial nacional para ocupar puestos fuera de la fuerza policial.
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Sin embargo, el Tribunal observó que la expresión “o no en función de una misión del Jefe de la Policía Nacional” en la explicación del párrafo 3) del artículo 28 de la Ley de la Policía Nacional aparentemente no aclara en absoluto las normas corporales, lo que genera ambigüedad.



