Martes 20 de enero de 2026 – 02:40 WIB
Jacarta – El Tribunal Constitucional (MK) destacó que los puestos civiles que no tienen nada que ver con la policía para que puedan ser ocupados por miembros de la Policía Nacional de Indonesia (Polri) deben estar claramente regulados por ley.
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El juez constitucional Ridwan Mansyur, al leer las consideraciones jurídicas de la decisión número 223/PUU-XXIII/2025, dijo que este acuerdo escrito era necesario para garantizar seguridad jurídica respecto de ciertos puestos de la ASN que podrían ser ocupados por miembros de la Policía Nacional.
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“Para garantizar la seguridad jurídica de ciertos puestos de ASN en agencias centrales ocupados por miembros de la policía, es necesario un reglamento escrito, claro, sin múltiples interpretaciones y establecido en la ley”, dijo Ridwan en Yakarta, el lunes 19 de enero de 2026.
Mientras tanto, el Tribunal Constitucional rechazó la petición presentada por el abogado Zico Leonard D. Simanjuntak en este caso que, entre otras cosas, probó el artículo 19 párrafo (2), párrafo (3) y párrafo (4) de la Ley Número 20 de 2023 sobre el Aparato Civil del Estado.
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El párrafo 2 del artículo 19 de la Ley de la ASN establece que determinados puestos de la ASN pueden ser ocupados por soldados de las TNI y miembros de la policía nacional; El artículo 19, apartado 3, especifica que determinados cargos de las ADN se ejercen en organismos centrales; Mientras tanto, el artículo 19, párrafo (4), establece que otras disposiciones relativas a los puestos provenientes del TNI y la Polri y los procedimientos para cubrirlos están regulados en los reglamentos gubernamentales.
Zico, en su petición, solicitó que se elimine la expresión “miembro de la policía nacional” en los tres artículos examinados. Según él, la existencia de los artículos analizados significa que la cuestión de la ocupación activa de puestos civiles por parte de la policía sigue sin resolverse, incluso después de la decisión MK 114/PUU-XXIII/2025.
Sin embargo, el Tribunal rechazó el argumento del demandante. El MK también se refirió nuevamente a la decisión MK 114/PUU-XXIII/2025 sobre la revisión judicial del artículo 28, párrafo (3) de la Ley Número 2 de 2002 sobre la Policía Nacional.
El juez Ridwan explicó que durante la revisión legal de la decisión, se señaló que los puestos que requieren que los agentes de policía renuncien o se retiren del servicio policial son puestos que no tienen nada que ver con la actividad policial.
“Entonces, siempre que un puesto esté relacionado con la policía, los miembros de la policía en servicio pueden ocupar ese puesto sin necesidad de renunciar o jubilarse”, dijo.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional dijo que la Ley de la Policía Nacional no proporciona ninguna explicación o regulación sobre las agencias relacionadas con la policía, por lo que cubrir algunos puestos de ASN con miembros de la policía en activo no tiene base legal.
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Además, agregó, no existe ningún artículo en la Ley de la Policía Nacional que imponga regulaciones adicionales en el reglamento de aplicación en cuanto a la determinación de agencias o puestos ajenos a la policía que aún estén vinculados a la policía.



