miércoles 1 de abril de 2026 – 13:44 WIB
Mientras VIVA – El panel de jueces del Tribunal de Corrupción del Tribunal de Distrito de Medan absolvió al camarógrafo Amsal Christy Sitepu, ya que no se demostró que hubiera cometido actos de corrupción en el proyecto de producción de videos de perfil de la aldea en Karo Regency, Sumatra del Norte.
“Absuelví a Amsal Christy Sitepu porque no estaba demostrado que hubiera cometido un acto criminal de corrupción”, dijo el miércoles el juez principal Yusafrihardi Girsang en la sala Cakra Utama del Tribunal de Distrito de Medan.
El panel de jueces en su decisión consideró que las acciones del acusado Amsal Sitepu no estaban probadas, al igual que la acusación del Fiscal General (JPU) Kejari Karo, tanto por el cargo principal como por el subsidiario.
“Restaurar los derechos del acusado y restaurar la dignidad y reputación del acusado Amsal Sitepu”, dijo Yusafrihardi.
Este veredicto es diferente de las demandas del fiscal de Wira Arizona, quien anteriormente acusó al acusado Amsal de dos años de prisión.
“Solicita que el panel de jueces condene al acusado Amsal Christy Sitepu a dos años de prisión”, dijo la fiscal Wira Arizona al leer las solicitudes durante el juicio anterior.
Además del delito corporal, la Fiscalía de Karo también exigió al acusado Amsal Sitepu que pagara una multa de 50 millones de IDR, con la condición de que si no la pagaba sería sustituida por tres meses de prisión.
“El acusado también debe pagar una indemnización de 202.161.980 rupias. Si en el plazo de un mes después de que la decisión sea jurídicamente vinculante todavía no se paga, los bienes del acusado serán confiscados y vendidos en subasta para cubrir las pérdidas del Estado”, dijo Wira.
Si esto fuera insuficiente, prosiguió, la mala será sustituida por una pena de prisión de un año. Los aspectos más graves de las acciones del acusado incluyen no admitir sus acciones, ser complicado durante el juicio y no pagar las pérdidas financieras del estado.
“Mientras tanto, la circunstancia atenuante es que el acusado nunca ha sido condenado”, afirmó.
La Fiscalía de Karo concluyó que las acciones del acusado violaban el artículo 3 junto con el artículo 18 de la Ley N° 31 de 1999 sobre la Erradicación de los Delitos de Corrupción modificada por la Ley N° 20 de 2001.
“Parecería que las acciones del acusado constituyen un acto criminal de corrupción, como se establece en la acusación alternativa”, dijo Wira. (Hormiga)
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31 de marzo de 2026



