Miércoles 17 de septiembre, 2025 – 20:22 WIB

Yakarta, vivo -El Tribunal Constitucional dijo que no podía recibir una prueba importante sobre los requisitos educativos para la policía potencial al menos el primer ciclo (S-1) porque los solicitantes no tenían un puesto legal.

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“El número 133 / PUU-XXIII / 2025 no puede ser aceptado”, dijo el presidente del Tribunal Constitucional (MK) Suhartoyo, leyó el veredicto en la audiencia plenaria de MK, Yakarta, el miércoles.

El caso fue presentado por el abogado Leon Maulana Mirza Pacha y el estudiante Zidane Azharian Kemalpasha. Los dos cuestionaron la constitucionalidad del párrafo del Artículo 21 (1) Carta D de la ley número 2 de 2002 sobre POLRI.

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Juez principal del Tribunal Constitucional, Suhartoyo (medio)

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El artículo estipula que para ser nombrado miembro de la Policía Nacional, un candidato debe cumplir con los requisitos de al menos la educación más baja en la escuela o el equivalente.

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Según los candidatos, los graduados secundarios no les proporcionan pensamiento legal o comprensión sistemática de la ley.

Esto se considera que conduce a la diferencia en las capacidades técnicas y conceptuales en la interpretación y aplicación de la ley, en particular en el proceso crucial, como el informe del examen (BAP), el análisis de los elementos del delito y la interpretación de los derechos de los sospechosos y víctimas.

En opinión de los peticionarios, el artículo se refirió a su mantenimiento, como el estándar actual con el párrafo del Artículo 30 (4) de la Constitución de 1945 de la República de Indonesia.

En consecuencia, los peticionarios de su petito pidieron que la carta D del artículo 21 (1) de la ley de la Policía Nacional sea declarada contraria a la Constitución siempre que no se interprete en el posgrado o equivalente a la educación más baja.

Sin embargo, en consideraciones legales, el tribunal evaluó que los peticionarios no tenían la hipótesis de pérdidas constitucionales debido a la promulgación del artículo probado. De esta manera, de acuerdo con el Tribunal Constitucional, Leon y Zidane no tenían un puesto legal para presentar una solicitud.

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“Aunque el tribunal tiene el poder de continuar la solicitud, porque los peticionarios no tienen un puesto legal para presentar una solicitud, el tribunal no tiene en cuenta la solicitud de los peticionarios”, dijo el juez constitucional Enny Nurbaningsh. (Hormiga)

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En opinión de los peticionarios, el artículo se refirió a su mantenimiento, como el estándar actual con el párrafo del Artículo 30 (4) de la Constitución de 1945 de la República de Indonesia.

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